¿Qué es un accidente de trabajo?
La ley define el accidente de trabajo como toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. Esta definición es más amplia de lo que parece: incluye los accidentes que ocurren durante el desplazamiento entre el domicilio y el lugar de trabajo (accidente in itinere), las enfermedades profesionales y las lesiones sufridas durante actividades al servicio de la empresa.
En Lanzarote, sectores como la hostelería, la construcción, el comercio y los servicios acumulan el mayor número de accidentes laborales. Conocer tus derechos en estas situaciones puede marcar una diferencia económica y legal muy significativa.
Qué hacer en los primeros momentos
- Busca atención médica de inmediato. Acude al servicio de urgencias o al médico de la mutua colaboradora. Es imprescindible que el accidente quede documentado médicamente desde el primer momento.
- Notifica el accidente a tu empresa. El empresario está obligado a notificar el accidente a la autoridad laboral en un plazo de 5 días. Asegúrate de que lo hace y guarda copia de toda la documentación.
- Solicita el parte de accidente de trabajo. Exige que se cumplimente el parte oficial de accidente y quédate con una copia firmada.
- Recaba testimonios. Si hubo testigos del accidente, anota sus datos de contacto. Su declaración puede ser muy relevante en un procedimiento judicial.
- Conserva todos los documentos. Informes médicos, recetas, facturas de desplazamiento a consultas, bajas por incapacidad temporal… Todo tiene valor a efectos de la reclamación.
- Consulta con un abogado laboralista. Antes de firmar ningún acuerdo con la mutua o la empresa, consulta con un especialista. Una firma precipitada puede suponer renunciar a indemnizaciones a las que tienes derecho.
⚠️ No firmes nada sin asesoramiento. Las mutuas y las empresas pueden ofrecer acuerdos extrajudiciales que resultan muy inferiores a lo que legalmente corresponde. Un laboralista evalúa si el acuerdo es justo antes de que lo aceptes.
Prestaciones y derechos tras un accidente laboral
Tras un accidente de trabajo reconocido, el trabajador tiene derecho a las siguientes prestaciones y vías de reclamación:
- Incapacidad temporal: Prestación equivalente al 75% de la base reguladora desde el día siguiente al accidente, a cargo de la mutua o del INSS. No existe período de carencia.
- Incapacidad permanente: Si las secuelas impiden la vuelta al trabajo, puede reconocerse una incapacidad permanente en cualquiera de sus grados.
- Recargo de prestaciones: Si el accidente se produjo por ausencia o insuficiencia de medidas de seguridad, el trabajador puede reclamar un recargo de entre el 30% y el 50% sobre todas las prestaciones de la Seguridad Social.
- Responsabilidad civil adicional: Al margen de las prestaciones de la Seguridad Social, puede existir responsabilidad civil del empresario, de la empresa subcontratista o del fabricante de la maquinaria defectuosa, que da lugar a una indemnización adicional.
- Responsabilidad penal: En los casos más graves de incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, puede existir responsabilidad penal del empresario o de los responsables de seguridad.
El recargo de prestaciones: una figura clave
El recargo de prestaciones es una de las figuras más importantes en materia de accidentes laborales y, sin embargo, una de las menos conocidas por los trabajadores. Cuando la empresa ha incumplido la normativa de prevención de riesgos laborales (ausencia de equipos de protección, falta de formación, instalaciones en mal estado…) y ese incumplimiento es la causa del accidente, el trabajador tiene derecho a que todas las prestaciones de la Seguridad Social se incrementen entre un 30% y un 50%.
Este recargo lo solicita el propio trabajador ante la Dirección Provincial del INSS y, si la empresa no lo reconoce voluntariamente, puede reclamarse ante el Juzgado de lo Social.
💡 Lanzarote y la prevención de riesgos: En la isla, la inspección de Trabajo y Seguridad Social detecta con frecuencia incumplimientos en materia de PRL en obras de construcción, establecimientos de hostelería y empresas de servicios. Si el accidente se relaciona con estas carencias, las posibilidades de reclamar el recargo son elevadas.
Plazos para reclamar
Los plazos de prescripción en materia de accidentes laborales son distintos según la acción que se ejercite. En general, la reclamación de responsabilidad civil tiene un plazo de un año desde la curación o la determinación de las secuelas. Para el recargo de prestaciones, el plazo es de 5 años desde la resolución de la mutua o el INSS. En cualquier caso, actuar con rapidez es la mejor garantía para no perder ningún derecho.
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